Dª Luisa Mª García Chamorro
Baja en el Padrón de un extranjero que traslada su residencia fuera de España.
Extranjeros residentes en el Municipio inscritos en Padrón, que abandonen el país.
Por escrito. En el caso de que ya se encuentre fuera de España, se exigirá el envío por correo ordinario, o fax, desde el país de residencia, directamente al Ayuntamiento.
0 €
Justificante del traslado (reserva de billete u otros).
En ausencia de justificante, pasado un mes, se comprobará que no reside en el municipio.
Escrito firmado por el propio ciudadano.
Ley de Bases de Régimen Local. Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las EELL, Instrucciones Técnicas sobre la gestión del Padrón.
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