Dª Luisa Mª García Chamorro
Constituye el hecho imponible, la actividad municipal desarrollada como consecuencia de la tramitación a instancia de parte de los expedientes necesarios para la expedición por la Administración u Órganos Municipales de los siguientes documentos:
a) Certificados.
b) Compulsas y bastanteos de documentos.
c) Fotocopias de expedientes.
d) Informes y estudios.
e) Autorizaciones, licencias y carnets municipales.
f) Expedición de Tarjetas de Armas de cuarta categoría (armas de aire comprimido) a las que se refieren los artículos 3 y 105 del Real Decreto 137/1993, de 29 de enero.
g) Comparecencias en expedientes relativos al Padrón Municipal de Habitantes.
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