Ayuntamiento de MOTRIL
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Protección de Datos

Datos de contacto del Delegado de Protección de Datos del Ayuntamiento.

dpd@motril.es

Inventario de actividades de tratamiento

Derecho de los ciudadanos

Derecho de acceso.

El derecho de acceso es el derecho que tiene el interesado de dirigirse al responsable del tratamiento para conocer si está tratando o no sus datos de carácter personal. En el caso de que esté realizando el tratamiento, podrá solicitar obtener la siguiente información:

•    Copia de los datos personales que son objeto de tratamiento.
•    Fines del tratamiento.
•    Categorías de datos personales que se están tratando.
•    Destinatarios o categorías de destinatarios a los que se comunicaron o serán comunicados los datos personales, en particular, los destinatarios en países terceros u organizaciones internacionales.
•    Plazo previsto de conservación de los datos personales o, si no es posible, los criterios utilizados para determinar este plazo.


Derecho de rectificación.

El ejercicio de este derecho supone que se podrá obtener la rectificación de los datos personales que sean inexactos sin dilación indebida del responsable del tratamiento.
En la solicitud de rectificación, habrá que indicar los datos a los que nos referimos y la corrección que se ha de realizar.


Derecho de oposición.

Este derecho permite la oposición a que el responsable realice un tratamiento de los datos personales en los siguientes supuestos:
•    Cuando sean objeto de tratamiento basado en una misión de interés público o en el interés legítimo.
•    Cuando el tratamiento tenga como finalidad la mercadotecnia directa, incluida la elaboración de perfiles.


Derecho a la supresión (derecho al olvido).

Se podrá solicitar el ejercicio de este derecho y, como consecuencia, la supresión de los datos de carácter personal cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
•    Los datos personales ya no son necesarios en relación con los fines para los que fueron recogidos o tratados.
•    Si el tratamiento de los datos se ha basado en el consentimiento que se prestó al responsable y, el mencionado consentimiento se ha retirado, siempre y cuando el tratamiento no se base en otra causa que lo legitime.
•    Cuando los datos personales han sido tratados ilícitamente.
•    Cuando los datos personales deban de suprimirse para el cumplimiento de una obligación legal establecida en el Derecho de la Unión o de los Estados miembros que se aplique al responsable de tratamiento.

Además, el Reglamento General de Protección de Datos, al regular este derecho, lo vincula al “derecho al olvido” que permite que el responsable del tratamiento que haya hecho públicos lo datos personales esté obligado a indicar a los responsables del tratamiento que estén tratando los datos personales que supriman todo enlace a ellos y, las copias y réplicas de tales datos.
Este derecho, no es ilimitado por lo que puede ser factible que no se produzca la supresión en aquellos casos en los que el tratamiento, sea necesario para el ejercicio de derechos, cumplimiento de una obligación legal, cumplimiento de una misión de interés público, salud pública, etcétera.


Derecho a la limitación del tratamiento.

Como bien indica su nombre, este derecho consiste en que se obtenga una limitación del tratamiento de los datos que realiza el responsable. Su ejercicio presenta dos vertientes:
•    Solicitar la suspensión del tratamiento de los datos.
Se puede solicitar la suspensión del tratamiento, o bien, cuando se impugne la exactitud de los datos personales, durante un plazo que permita al responsable su verificación o, cuando se haya producido una oposición al tratamiento de los datos que realiza el responsable mientras que se verifican que motivos prevalecen, es decir, los del interesado o los de la Administración.
•    Solicitar al responsable la conservación de los datos.
o    Cuando el tratamiento sea ilícito y el interesado se ha opuesto a la supresión de los datos y, en su lugar se solicita la limitación de su uso.
o    Cuando el responsable ya no necesite los datos personales para los fines del tratamiento, pero el interesado los necesite para la formulación, el ejercicio o la defensa de reclamaciones.


Derecho a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas.

Este derecho pretende garantizar que no se sea objeto de una decisión basada únicamente en el tratamiento de datos, incluida la elaboración de perfiles, que produzca efectos jurídicos sobre el interesado o que lo afecte de forma significativa.
Este derecho no será aplicable cuando:
•    Sea necesario para la celebración o ejecución de un contrato entre el interesado y el responsable.
•    El tratamiento de los datos se fundamente en un consentimiento prestado previamente.
•    Esté autorizado por el Derecho de la Unión o de los Estados Miembros y se establezcan las medidas adecuadas para la salvaguarda de los derechos y libertades e intereses legítimos del interesado.
Estas excepciones no se aplican sobre las categorías especiales de datos, establecidas en el artículo 9.1 del Reglamento, salvo que se aplique el artículo 9.2 a) o g) y se hayan tomado las medidas necesarias.